Auditoría Externa de Gestión y Resultados
Evalúa la eficiencia, eficacia y efectividad en la administración de los recursos de las empresas de servicios públicos domiciliarios, con el fin de analizar su gestión interna, bajo las directrices de la Ley 142 de 1994, la Ley 143 de 1994, la Resolución SSPD No. 12295 de 2006, la Resolución 58365 de 2017 y demás normas aplicables expedidas por los entes reguladores del sector.
¿Qué incluye nuestro servicio?
- Evaluamos la gestión del prestador de acuerdo con los criterios, metodologías, indicadores, parámetros y modelos definidos por las comisiones, así como con los requerimientos de la Superintendencia.
- Verificamos la conformidad de la gestión del prestador con los requisitos legales, técnicos, administrativos, financieros y contables del régimen de servicios públicos domiciliarios.
- Verificamos la calidad de la información reportada por el prestador a través del SUI, para la emisión de conceptos o la determinación de cifras e indicadores solicitados en la presente resolución.
- Identificamos y valoramos los riesgos que puedan afectar la prestación del servicio.
- Recomendamos medidas correctivas, preventivas o de mejora.
Plan de Acción
Obligaciones y alcance de la AEGR:
1. Las empresas de servicios públicos deben contratar una Auditoría Externa de Gestión y Resultados (AEGR) con personas privadas especializadas, por períodos mínimos de un año.
2. La AEGR actúa en función de los intereses de la empresa, de sus socios y del bienestar de los usuarios, contribuyendo al adecuado seguimiento de su gestión.
3. La AEGR debe informar a la Superintendencia sobre las situaciones que puedan poner en riesgo la viabilidad financiera de la empresa, las fallas en el control interno y los resultados de la evaluación sobre su manejo.
Marco normativo del servicio de AEGR: